Carta Magna con intencionalidad transformadora y sensibilidad política
Principales elementos que abordó en su explicación a los diputados a la Asamblea Nacional, el secretario del Consejo de Estado, Homero Acosta
El Proyecto es el resultado de la labor iniciada por un Grupo de Trabajo, presidido por el General de Ejército Raúl Castro Ruz, que creó el Buró Político el 13 de mayo del 2013, y se corresponde con las Bases Legislativas aprobadas al respecto por ese propio órgano el 29 de junio del 2014.
Es consecuente con lo expresado por el compañero Raúl Castro Ruz, en la Primera Conferencia Nacional del Partido, el 28 de enero del 2012, cuando señaló « [...] dejar atrás el lastre de la vieja mentalidad y forjar con intencionalidad transformadora y mucha sensibilidad política la visión hacia el presente y el futuro de la Patria, sin abandonar, ni por un instante, el legado martiano y la doctrina del marxismo-leninismo que constituyen el principal fundamento ideológico de nuestro proceso revolucionario».
En ese sentido, han sido referentes obligados en este trabajo:
- El pensamiento político del líder histórico de la Revolución, compañero Fidel Castro Ruz.
- Discursos y orientaciones del General de Ejército Raúl Castro Ruz.
- La Conceptualización del Modelo Económico y Social Cubano de Desarrollo Socialista.
- El Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social hasta 2030: Visión de la Nación, Ejes y Sectores Estratégicos.
- Los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución.
- Los Objetivos de Trabajo del Partido, aprobados en la Primera Conferencia Nacional.
Del mismo modo, fueron consultadas varias constituciones, en primer lugar, del entorno latinoamericano, entre ellas, las de Venezuela, Bolivia y Ecuador, que representan lo más avanzado del constitucionalismo en la región, al igual que otros modelos constitucionales como el de Vietnam y China, naciones que con sus características construyen una sociedad socialista, así como textos constitucionales de otros países.
De manera particular esta labor conllevó un estudio de nuestra historia constitucional, especialmente de la Constitución de 1940, la Ley Fundamental de 1959 y la actual Constitución de la República.
El pasado 2 de junio fue aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular, en sesión extraordinaria, la Comisión encargada de preparar el proyecto de Constitución de la República.
La Comisión ha trabajado durante todo este tiempo intensamente, tomando como referente los estudios realizados con anterioridad, y luego de amplios debates ha llegado al texto que se presentó.
Durante los días 2 y 3 de julio del presente año, fue analizado el Anteproyecto de Constitución presentado por la Comisión, en el VII Pleno del Comité Central del Partido.
Durante los días 2 y 3 de julio del presente año, fue analizado el Anteproyecto de Constitución presentado por la Comisión, en el VII Pleno del Comité Central del Partido.
PRINCIPALES ASPECTOS QUE DISTINGUEN EL PROYECTO
El texto se compone del preámbulo, 224 artículos (87 más que la actual Constitución), divididos en 11 títulos, 24 capítulos y 16 secciones. De la actual Constitución de la República se mantienen 11 artículos, se modifican 113 y se eliminan 13.
Se distingue por una estructura coherente y sistemática, logra un reordenamiento lógico de sus contenidos y evita la dispersión de los mismos.
El lenguaje empleado se corresponde con la terminología que debe caracterizar un texto constitucional y con nuestra realidad económica, política y social.
La redacción en términos generales de sus contenidos confiere mayor
flexibilidad, perdurabilidad, seguridad y aplicabilidad de la Constitución.
flexibilidad, perdurabilidad, seguridad y aplicabilidad de la Constitución.
El Proyecto reafirma el carácter socialista de nuestro sistema político, económico y social, así como el papel rector del Partido Comunista de Cuba.
El sistema económico que se refleja en el Proyecto mantiene como principios esenciales la propiedad socialista de todo el pueblo sobre los medios fundamentales y la planificación, a lo que se añade, el reconocimiento del papel del mercado y de nuevas formas de propiedad no estatal, incluida la privada.
De manera singular destaca el desarrollo de una amplia gama de derechos a tono con los instrumentos internacionales de los que en esta materia Cuba es parte.
Resaltan los relativos al derecho a la defensa, el debido proceso, la participación popular y se reformulan los económicos y sociales.
El contenido del derecho de igualdad adquiere mayor desarrollo, al incorporar, entre otros, la no discriminación por identidad de género, origen étnico y discapacidad.
Establece la posibilidad de que las personas puedan acudir a los tribunales para reclamar la restitución de sus derechos o la reparación o indemnización por los daños o perjuicios generados por la acción u omisión de los órganos, directivos, funcionarios o empleados del Estado, en el ejercicio indebido de sus funciones.
En relación con el matrimonio, se modifica la actual concepción de que solo es posible «entre un hombre y una mujer» y se define que es entre dos personas.
Referente a los órganos del Estado, se mantiene un adecuado equilibrio entre estos, y se incorporan las figuras del Presidente de la República como Jefe del Estado y la de Primer Ministro a cargo del Gobierno de la República. A ambos se les exige como requisito ser diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular.
El Consejo de Estado conserva su carácter de órgano permanente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, con una mayor interacción con aquella, entre otros aspectos, porque el Presidente, Vicepresidente y Secretario de ambas instituciones son las mismas personas.
Destaca como novedad entre los órganos del Estado el Consejo Electoral Nacional, institución de carácter permanente en esta materia, así como se logra solucionar la inserción de la Contraloría General de la República en la Constitución.
En cuanto a los órganos locales se eliminan las asambleas provinciales del Poder Popular y se instituye un Gobierno Provincial, integrado por el Gobernador y un Consejo a ese nivel.
Los municipios adquieren mayor relevancia a partir del reconocimiento de su autonomía, la que ejercen en correspondencia con los intereses de la nación.
Se ratifica al Consejo de la Administración Municipal como el órgano que dirige la Administración Municipal, a cargo de un Intendente, término que se propone sustituya el de Presidente y Jefe empleados en la actualidad.
Respecto al Sistema Electoral, se mantiene que tienen derecho al voto los cubanos mayores de 16 años de edad, con las excepciones previstas en la ley.
La Defensa y Seguridad Nacional aparecen en un Título, donde se
precisa la misión del Consejo de Defensa Nacional, con facultades para cumplir tareas desde tiempo de paz, el reconocimiento de la Situación de Desastre, además de las restantes de carácter excepcional.
precisa la misión del Consejo de Defensa Nacional, con facultades para cumplir tareas desde tiempo de paz, el reconocimiento de la Situación de Desastre, además de las restantes de carácter excepcional.
Acerca del mecanismo de Reforma Constitucional, a diferencia de la actual Constitución, se señalan los legitimados a promoverlo y precisan las cláusulas de intangibilidad.
Para la entrada en vigor de las principales cuestiones reguladas en el Proyecto, así como el periodo en que deben emitirse las normas complementarias y modificar otras vigentes, se establecen disposiciones especiales, transitorias y finales.
FUENTE : http://www.granma.cu/cuba/2018-07-23/carta-magna-con-intencionalidad-transformadora-y-sensibilidad-politica-23-07-2018-00-07-01
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